I2CREDIT Nº 3
Solo los morosos podrán pagar deuda bancaria con los Boden
La opción quedó reducida a los que arrastraban a diciembre atrasos mayores a los 180 días El resto de los deudores sólo podrá recurrir a los depósitos reprogramados (Cedros) para hacer pagos o cancelar los compromisos en efectivo.
Por: Javier Blanco - La Nación
La opción quedó reducida a los que arrastraban a diciembre atrasos mayores a los 180 días. El resto de los deudores sólo podrá recurrir a los depósitos reprogramados (Cedros) para hacer pagos o cancelar los compromisos en efectivo. Economía definirá qué otros bonos podrían utilizarse.
Sólo los que sumaban atrasos mayores a 180 días -hasta diciembre último- en el pago de sus deudas bancarias podrán utilizar los Bonos Optativos del Estado Nacional (Boden) que recibieron los ahorristas que fueron al canje de depósitos por títulos públicos como moneda de pago de esas obligaciones pendientes. El dato surge del proyecto que Diputados convirtió ayer en ley y que prorroga por 90 días la posibilidad de pagar deudas bancarias con bonos, luego de aceptar en una sola votación las modificaciones que efectuó oportunamente el Senado a la iniciativa surgida de la Cámara baja.
De esta manera, al resto de los deudores sólo les queda la posibilidad de cancelar con los Depósitos Reprogramados (Cedros) que pueden adquirirse en Bolsa con descuentos que rondan el 18%. Sin embargo, estos instrumentos (además del dinero en efectivo) sólo pueden utilizarse para pagar en la misma entidad que los haya emitido, es decir que, quien tenga una deuda con el Banco Nación, deberá comprar a un depositante de ese mismo banco el Cedro para afectarlo al pago de su obligación. La norma, que tendrá vigencia luego de su publicación en el Boletín Oficial, establece que el beneficio alcanza a los deudores bancarios que:
a diciembre del año pasado estuvieran calificados 4, 5 o 6, un universo compuesto por poco más de 650.000 individuos que acumulan atrasos en sus pagos que, en todos los casos, superan los seis meses.
Que tengan compromisos impagos que al 5 de enero pasado en ningún caso superen los $ 500.000, de los cuales sólo $ 300.000 podrán ser cancelados mediante este tipo de pagos.
Que esas deudas sean producto de préstamos que tengan como garantía hipotecaria la vivienda única o familiar o de préstamos personales con o sin garantía.
La iniciativa también extiende el beneficio para esta clase de deudores a "los demás títulos públicos del gobierno nacional que establezca el Ministerio de Economía", en referencia a los bonos que permanecen impagos desde la declaración del default.
De esta manera corresponderá al Palacio de Hacienda definir qué títulos serán elegibles para este tipo de pagos. Una vez que eso quede definido "los bancos deberán recibirlos en pago en las mismas condiciones" que los Boden, según reza el artículo 2 del proyecto aprobado ayer.
La norma implica que cualquier deudor que cumpla con estas condiciones podrá aplicar a los pagos los Boden (sin necesidad de ser su tenedor original, ya que podrá adquirirlos en Bolsa) y beneficiarse con descuentos que, según calculó ayer el Instituto Argentino de Mercado de Capitales (IAMC), llegan al 23% en el monto nominal de la deuda que debe cancelar. Con todo, ese beneficio podría reducirse de aquí en más dado que es dable pensar que, a raíz de esta iniciativa, los Boden serán más demandados, lo que ayudaría a mejorar su cotización en Bolsa y -consecuentemente- a disminuir el ahorro al que accedan quienes los usen como moneda de pago.
En tanto, sólo una vez que Economía defina qué otros títulos podrían usarse cabría calcular el ahorro que podrían obtener los deudores que acudan a ellos como moneda, pero si se hace una proyección según los valores a los que se negociaban, puede arriesgarse que el beneficio podría llegar en algún caso al 60 por ciento.
La ley aprobada y que permite el pago de deuda con bonos extiende el plazo establecido en la comunicación A 3562 dictada por el Banco Central (BCRA) para que los deudores bancarios cancelen sus deudas con títulos de la deuda pública.
El beneficio se amplía a "las personas jurídicas" (empresas), pero en estos casos se estableció que los bancos "podrán" aceptar los Boden como forma de pago, con lo que deja a criterio de cada entidad financiera la decisión final al respecto.
Los pagos con bonos podrán ser totales o parciales, según explicó en el recinto el titular de la Comisión de Finanzas, Rodolfo Frigeri (PJ), al presentar el proyecto que su colega Noel Breard (UCR) calificó como "un respiro" para quienes sean morosos y tengan que pagar de aquí en más el CER acumulado desde febrero pasado.
La decisión se tomó en el contexto de una sesión especial que se desarrollaba ayer por la tarde en la Cámara baja, al término de la cual los legisladores transformaron en ley esa norma al aceptar por mayoría los cambios que le habían sido incorporados en el Senado. También aprobaron ayer cambios en la aplicación del CER a los créditos (ver aparte).
La ley aclara que el procedimiento que regula "es independiente de la obligación de las entidades financieras de recibir en dación en pago total o parcial de préstamos -cualquiera que sea el monto de la deuda y la clasificación del deudor- depósitos reprogramados de la misma entidad", tal y cual ya era norma.
Principales puntos
Morosos: el beneficio de pagar deudas bancarias con Boden alcanza a aquellos encuadrados en las categorías de alto potencial de riesgo o incobrables (niveles 4, 5 y 6, según el BCRA.
En regla: el resto de los deudores en situación normal sólo puede pagar sus deudas con certificados de depósitos reprogramados (Cedro), siempre que se trate de títulos del mismo banco.
Montos: la ley dice que sólo podrán aplicarse a deudas que al 5 de enero pasado no superen los $ 500.000, de los cuales sólo $ 300.000 podrán cancelarse por esta vía.
Plazos: la norma extiende la posibilidad de pagar deudas con títulos, en todos los casos, por los próximos noventa días.
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